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¿Va a iniciar la tramitación de una herencia en Valencia? ¿Piensa renunciar a ella?

Tramitación de una herencia en Valencia

¿Está pensando en iniciar la tramitación de una herencia en Valencia? En los tiempos que corren, recibir una puede ser toda una sorpresa. Sin embargo, no siempre es para bien, a pesar de que el gesto de tenernos presentes haya sido bienintencionado. Más que suponernos un ingreso, algunas sucesiones pueden convertirse en un verdadero precipicio al que arrojar nuestros ahorros, por lo que la opción de renunciar a la herencia es una posibilidad que no debemos descartar.

Cuando uno se convierte en heredero, lo es para lo bueno y para lo malo. Y es que uno acaba convirtiéndose en receptor no solo de los activos de la persona fallecida sino también de los pasivos. Y ahí es donde entran las deudas y las obligaciones. Por eso, es conveniente no dejarse llevar por el primer impulso y lanzar un espontáneo ‘si quiero’ a la idea de convertirnos en sucesores. Debemos valorar bien la conveniencia de ponernos manos a la obra con la tramitación de la herencia o de optar por renunciar a ella.

En 2015 se recogieron 37.623 procesos de renuncias a herencias. Una cifra que llama más aún la atención si se tiene en cuenta que triplica al número de renuncias que se dieron en 2007. Con la crisis, no es raro encontrar casos de herederos que antes de conseguir ser propietarios con todos los derechos del inmueble que recibieron han tenido que afrontar el pago de una hipoteca a la que no podían hacerle frente.

Para evitar sustos, lo recomendable es hacer cuentas, analizando si con los activos de la herencia podemos responder a los pasivos o si tendremos que recurrir a nuestros bienes para poder soportarlos. Igualmente, hechas las cuentas y antes de optar por renunciar a la herencia, como abogados especialistas en herencias en Valencia, el consejo de Íñiguez y Velázquez es acudir a los servicios de un asesor o de un notario. Y es que una renuncia precisa de escritura pública y, una vez hecha, no tiene vuelta atrás.

Herencia a beneficio de inventario

La herencia a beneficio de inventario puede ser la fórmula más conveniente cuando vamos a convertirnos en herederos y no estamos seguros de si con los activos cubrimos los pasivos o de si vamos a ser capaces de responder a ellos por nuestra cuenta. Para curarnos en salud, esta fórmula jurídica nos permite aceptar una herencia hasta dónde vamos a ser capaces de cubrir las cargas, si los hubiera, con los activos que vienen con la misma herencia. Así, no ponemos en riesgo nuestros propios bienes, como tampoco hacemos peligrar el patrimonio con el que ya contábamos antes de recibir este regalo. Después toca hacer inventario, echar números y decidir si iniciamos la tramitación de la herencia.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es otro factor a tener en cuenta cuando tenemos que tomar una decisión. Dependiendo de en qué Comunidad Autónoma estemos, el coste fiscal es mayor o menor. En el caso de Valencia, no estamos entre las regiones que resulta más caro heredar, pero tampoco entre las comunidades donde recibir una herencia es más barato. Algunas autonomías, han llegado a decidir rebajar sus impuestos para evitar que las renuncias a herencias se conviertan en práctica habitual. Es el caso de Castilla y León, Galicia o Canarias. El plazo para pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es de seis meses y se podría prorrogar otros seis meses más.

Si se encuentra en este punto y no sabe si seguir adelante con la tramitación de la herencia o no, en Íñiguez y Velázquez podemos ayudarle. Somos abogados especialistas en herencias en Valencia y nos ocupamos de todos los trámites. Contacte con nuestro despacho de abogados en Valencia y le asesoraremos para tomar la mejor decisión.

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