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¿Cuánto debo pagar por el impuesto de sucesiones en Valencia?

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A la tristeza de la pérdida de un ser querido en ocasiones hay que sumar el quebradero de cabeza que puede llegar a suponer la tramitación de una herencia. Más aún cuando ésta también implica el pago del Impuesto de sucesiones, que en Valencia está bonificado para ciertos grados de parentesco y con un límite en el monto de la herencia a recibir que supone el pago de hasta el 75% del valor total del impuesto.

No es de extrañar que, dada la situación económica de muchas personas, el número de personas que renuncian a una herencia en nuestra comunidad haya aumentado en los últimos años, especialmente desde que en 2013 se eliminaron algunas de las bonificaciones. Por eso, contar con un abogado especialista en herencias en Valencia puede ser una importante ayuda para recibir el asesoramiento necesario a la hora de tramitar este impuesto.

El Impuesto de Sucesiones es de carácter estatal, pero, como en otros temas fiscales, las comunidades autónomas tienen la competencia de aplicar bonificaciones mediante el tipo de gravamen que se aplica. No se debe confundir con el Impuesto de Donaciones: mientras que el Impuesto de Sucesiones debe abonarse una vez aceptada una herencia, el de Donaciones se aplica generalmente para donaciones entre personas vivas.

 

Bonificaciones al Impuesto de Sucesiones en Valencia

En toda la Comunidad Valenciana el patrimonio heredado cuenta con un beneficio del 75% en la fracción de la cuota tributaria que proporcionalmente afecta a cada heredero. A ello hay que añadir otras bonificaciones relacionadas con el parentesco, el grado de discapacidad, en caso de que la haya, o por la compra del domicilio habitual del fallecido.

 

– Bonificaciones en la herencia por parentesco

Los herederos, antecesores y esposo/a estarán exentos del Impuesto de Sucesiones en las siguientes situaciones:

  • En el caso de los herederos menores de 21 años, siempre y cuando el valor de la herencia no sobrepase los 156,000 euros.
  • En general, los herederos, antecesores y esposo/a estarán exentos hasta un límite máximo de 100,000 euros.

 

– Bonificaciones por discapacidad en las herencias en Valencia

Si el heredero o heredera es una persona con discapacidad acreditada no tendrá que pagar el Impuesto de Sucesiones hasta un importe de la herencia de entre 120.000 y 240.000 euros, en función del grado de discapacidad.

 

– Bonificaciones por la compra de la vivienda habitual

En el caso de que quieran adquirir la casa donde residía habitualmente el fallecido, los herederos se beneficiarán del 95% del valor del inmueble. Para obtener esta bonificación debe tratarse de ascendientes, descendientes y cónyuges o hermanos, primos, tíos u otros familiares colaterales que superen los 65 años y que hubieran mantenido una convivencia con el difunto durante los dos años que precedieron a su fallecimiento. Asimismo, la vivienda no podrá ponerse a la venta en un plazo de cinco años.

 

– Otras bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones en Valencia

Si lo que se heredan son bienes del patrimonio histórico-artístico y estos se ceden para su exposición, los herederos podrán beneficiarse de una bonificación del 25%, 50% o 95%, en función del tiempo por el que sean cedidos los bienes.

 

Si se trata de negocios familiares, empresas o explotaciones agrícolas, se aplicará una reducción del 95% en el valor de la empresa.

 

¿Cómo se tramita el Impuesto de Sucesiones?

El Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana se tramita mediante el modelo 650, que se puede descargar junto con sus instrucciones en la web de la Conselleria de Hacienda de la Generalitat. Son los herederos quienes tienen que tramitar el pago del impuesto.

El plazo para pagar el impuesto es de seis meses desde el fallecimiento o de un año si pedimos una prórroga en los cinco primeros meses tras la defunción. No hacer frente al pago del Impuesto de Sucesiones en el plazo establecido puede conllevar un recargo del 20% durante el primer año, intereses de demora y posibles sanciones del 100% de la cantidad que se adeuda.

Puede solicitarse el pago fraccionado en hasta seis años, para lo que deberemos aportar garantías de pago (aval bancario o hipoteca sobre los inmuebles), por lo que esta opción puede complicarse.

Si necesita un equipo de abogados de herencias en Valencia, en Íñiguez y Velázquez podemos ayudarle tanto con el pago de impuestos como con todos los trámites que conlleva una sucesión. Contacte con nuestro equipo de abogados

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